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El empresario en el Derecho mercantil

Empresario

No hay empresa sin empresario, ni empresario sin empresa. Aunque a veces se emplean como palabras sinónimas, no lo son y tienen significados distintos, próximos, pero diferenciados. Las empresas no son entres abstractos, sino que tienen derechos y obligaciones a través del empresario, pudiendo ser este una persona física o jurídica.

Por tanto, los empresarios pueden ser individuales o sociales. Sociales son las sociedades mercantiles, como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y otras especiales, como las sociedades de garantía recíproca y las cooperativas. Que las sociedades sean formalmente sociedades civiles, no implica que no puedan realizar una actividad empresarial, e incluso las entidades sin ánimo de lucro, como fundaciones o asociaciones, cuando realizan actividades de producción de bienes o servicios para el mercado.

Ser empresario conlleva una responsabilidad, respondiendo de las obligaciones resultantes de la actividad empresarial  con todo su patrimonio. Esta responsabilidad es tanto contractual como extracontractual, como en el caso de esto último, reparar el posible daño generado.

Pero no todo el mundo puede ser empresario, ya que existen ciertas causas de incompatibilidad, con el objetivo de preservar el bien común, como puede ser la incompatibilidad de ciertos cargos públicos o empresarios quebrados.

Los empresarios tienen una serie de obligaciones, como son el tener identificado un domicilio, la obligación de llevar libros de cuentas o contabilidad, y la inscripción en el Registro Mercantil, si bien esto último no de todos los entes que realicen actividades empresariales.


1. Relación entre empresario y empresa

La empresa, como ente u organización dedicada a las actividades empresariales, debe estar atribuida a una persona con capacidad jurídica, que es el empresario, pudiendo ser una persona física o jurídica, ya que sólo las personas tienen derechos y obligaciones.

Hay que tener clara la separación entre empresa y empresario. Una empresa puede cambiar de empresario y un empresario de empresa, a través de la compra o venta de la misma.

Tampoco el empresario necesita ser propietario de la empresa, sino asumir en su nombre los derechos y obligaciones de las actividades empresariales. Y en este sentido, hay que mencionar al testaferro, persona que en nombre de otra realiza actividades, estando el empresario oculto. A tenor de las normas del Código Civil es posible imputar la actividad empresarial al empresario oculto, ya que es un fraude de ley.

- Lectura: Juspedia. El empresario (parte correspondiente)


2. El empresario o comerciante según el Código de Comercio

- Lectura: Juspedia. El empresario (parte correspondiente)
- Vídeo: UMH. El empresario: concepto, consecuencias jurídicas y características


3. Responsabilidad del empresario

- Lectura: Juspedia. El empresario (parte correspondiente)
- Vídeo: UMH. Responsabilidad del empresario. Pérdida de la condición de empresario


4. Estatuto del empresario

5. Operadores económicos y estatuto del empresario

- Lectura: Juspedia. El empresario (parte correspondiente)
- Vídeo: UMH. Obligaciones profesionales del empresario


Cuestionario de esta unidad


Para saber más y ampliar conocimientos

- Lectura: OCW-UM. El empresario como persona física


Introducción al Derecho mercantil y al Derecho de la competencia y de la propiedad industrial

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