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La hermeneútica jurídica


Existen dos planos, el ser y el decir, que corresponden a lo ontológico y lo epistemológico.

La hermeneútica es el arte de la interpretación. En el plano ontológico, aspiraría a comprender, pues comprender es saber. En el plano epistemológico, nos preguntaríamos si en realidad podemos conocer las cosas y bajo que criterios.

Existe una contraposición entre verdad y método:

- La verdad hace referencia al ser real de las cosas, al aspecto ontológico. En este sentido, la hermeneútica sostiene que ninguna forma de conocimiento se da independientemente de su referente histórico.

- El método está relacionado con el aspecto epistemológico o explicativo. La hermeneútica no rechaza el método, ni el conocimiento científico, sino reducir la verdad a un sólo proceso de conocimiento.

En este último sentido, a mediados del siglo XX se produjo el debate sobre si participaban de la misma unidad las ciencias naturales y las ciencias humanas. En este sentido, ya desde el positivismo de Comte dotar a las ciencias humanas de unos procedimientos similares a las naturales, con el fin de dotarlas de mayor respetabilidad.

Hans-Georg Gadamer, el autor más importante de la hermeneútica afirma que las ciencias humanas están condicionadas por la experiencia histórica, participan y son producto de ella, ya que la vida humana está condicionada por tradiciones y modos culturales. La historia nos precede y adelanta mi reflexión, somos de ella y no ella de nosotros.

Gadamer, en una conversación con el pintor Vasily Lepanto

Gadamer, en una conversación con el pintor Vasily Lepanto

De esta forma, Gadamer disminuye la importancia de la cuestión epistemológica en beneficio de la estructura ontológica del comprender. No se puede distanciarse de lo real, con el pretexto de objetivar a cualquier precio. Más que de verdad y método, se debe hablar de verdad o método.

Según Habermas no se puede aceptar la realidad de manera ingenua, como hace Gadamer y este sostiene que para cambiar las reglas de juego, antes hay que ser consciente de que se está en él.

Lo jurídico se expresa en textos escritos, que han de ser interpretados. En esta continua actualización adquiere el Derecho su realidad. Se actualiza una norma abstracta en un hecho concreto, conforme a un valor suprapositivo.

La hermeneútica no es sólo un método, ya que:

1) Recupera la forma ontológica, frente a la puramente epistemológica.

2) Hay que entender lo jurídico en su permanente actualización.

3) La hermeneútica jurídica debe integrar lo fáctico, lo normativo y lo axiológico en su orden epistemológico, siendo todo realmente Derecho.




Filosofía del Derecho

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