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Comentarios jurídicos sobre el cierre de Megaupload




El cierre de Megaupload

El servicio de alojamiento de archivos Megaupload fue cerrado por el FBI el 19 de enero de 2012 por infracción de derechos de autor. Había sido creado el  21 de marzo de 2005 por Megaupload Limited en Hong Kong.

Su cierre suscitó un debate público, sosteniendo algunas opiniones su legalidad, mientras otras afirman que se trata de una acción ejemplarizante o un interés político. Vamos a analizar el hecho desde el punto de vista jurídico.

El Departamento de Justicia norteamericano publicó un comunicado detallando contra Megaupload:

- Petición de cinco años de cárcel contra sus responsables cinco años de cárcel por crimen organizado.

- Petición de otros cinco años de cárcel por violación de derechos de autor.

- Petición de otros veinte años de cárcel por blanqueo de dinero.

Las acusaciones de crimen organizado y de blanqueo de dinero no tienen sentido, pues no ha habido delito y el dinero tiene procedencia legal. Sin embargo, la acusación de violación de derechos de autor sí tiene base jurídica.


¿Actuación de la Justicia o medida ejemplarizante?

En relación con la violación de derechos de autor, en  Estados Unidos está en vigor la Digital Millenium Copyright Act (o DMCA). Esta exonera a los sitios web que aceptan contenido de los usuarios de ser los responsables legales de los posibles delitos contra la propiedad intelectual. Sitios como Youtube poseen un sistema mediante el que se pueda denunciar a un tercero por subir material protegido y que éste sea retirado inmediatamente. Así está ocurriendo de continuo. Si la denuncia es falsa, el usuario que haya subido los vídeos puede reclamar y el caso podría llegar a los tribunales. Es una manera lógica y acertada de actuar porque resultaría imposible comprobar si cada vídeo viola derechos de autor restringidos.

En este aspecto, Megaupload cumplía con la legislación de DMCA, por lo que no debería ser acusado de nada. De hecho, en Megaupload, a veces ocurría que al intentar descargar un determinado archivo aparecía un mensaje de este tipo: el archivo fue suprimido debido a una reclamación sobre el mismo.

Se intervinieron comunicaciones privadas y correos electrónicos que demostraban la colaboración entre los responsables de Megaupload y algunos sitios web de enlaces. Eso no se puede negar. Pero lo que es más discutible es que se hayan intervenido las comunicaciones de los acusados, ya que sólo puede hacerlo el FBI por una lista de delitos, como son robo, soborno, extorsión, asesinato, secuestro, juegos de azar, tráfico de estupefacientes, marihuana, drogas peligrosas, u otros delitos peligrosos para la vida, la integridad física o la propiedad.

También el FBI cree que Megaupload no estaba dirigido al negocio legal de guardar datos privados de usuarios, porque las cuentas gratuitas no permitían mantener más de noventa días los ficheros si nadie los descargaba. Ese era uno de los medios de negocio de Megaupload y otros servicios similares: establecer restricciones a las cuentas gratuitas para que al final terminen convirtiéndose en una de pago.

Los usuarios que más archivos subían, eran premiados por Megaupload con cuentas gratuitas. La acusación considera que su objetivo era facilitar que se subiera todo el contenido posible, al margen de su ilegalidad.

La página de Megaupload no poseía un buscador como tal en la propia página, pero sí existían buscadores al margen de ella.

Uno de los motivos que sostiene la acusación es que Megaupload incumplía la DMCA por el siguiente motivo: cuando un usuario subía un archivo, se generaba un código que permitía identificarlo y si otro usuario subía el mismo fichero, aunque tuviera el nombre cambiado, no lo almacenaba, sino que ofrecía un enlace distinto; pero cuando una compañía se quejaba por un enlace, Megaupload lo eliminaba, sólo ese, pero no los demás enlaces que existían a ese archivo. En este aspecto, en el verano de 2010, se solicitó a Megaupload que retirara treinta y nueve archivos, y tras un año, seguía alojando a treinta y seis de ellos, con enlaces distintos a los reclamados.

¿Fue una actuación de la justicia o una medida ejemplarizante? El cierro de Megaupload se produjo un día después del apagón en Internet contra la Ley SOPA y de saberse que los donantes de Hollywood pensaban retirar su apoyo a la campaña de Obama por la postura de éste contra la misma. Se sostiene que todo ello fue casualidad. Es cierto que una operación tan complicada no se prepara de un día para otro y la autorización judicial se concedió antes de todo esto, pero en todo caso la elección de ese día, intencional o no, tuvo un gran impacto mediático.


Derechos en colisión

Hoy se encuentran dos derechos en colisión. Por un lado, la protección de los usuarios de Internet y por otro, la protección de los derechos de autor del material compartido en la Red.

En el caso que nos ocupa, la administración norteamericana, ha puesto en primer lugar la protección intelectual, ya que ha hecho caso omiso al legítimo derecho de los usuarios de Megaupload, que pagan por un servicio legítimo que el gobierno norteamericano ha decidido cerrar, con los perjuicios que puede haberles ocasionado.

La protección de los datos personales, la propiedad privada, la libertad de expresión, la libertad de comunicación, deben sobre los derechos mercantiles, y en este caso no lo han hecho, aunque la decisión judicial, fundada en la persecución de delitos tipificados en las leyes sea perfectamente válida en Derecho. Esta medida coactiva sin precedentes perjudica a los millones de clientes de esas webs, aunque no hayan cometido ningún acto ilegal.

El tema de la recuperación del acceso a los archivos guardados en Megaupload no era algo sencillo. Sí se les reconocía el derecho, pero otra cosa es poder ejercerlo. Al principio, se planteó como la presentación de demandas judiciales, pero luego se optó por abrir un sitio web para recuperar los archivos, que posteriormente sería borrado.

Si esto ocurre en Estados Unidos, donde en 1776 se produjo la declaración de independencia, recogiendo todas las originarias declaraciones de defensa de los derechos fundamentales, como la de Virginia, siendo la nación pionera en la proclamación de los derechos fundamentales de los ciudadanos, que siempre ha presumido de proteger activamente la libertad y la propiedad privada, es algo muy preocupante. La libertad en Internet no puede depender del capricho de los políticos.

Desde el punto de vista jurídico, la protección de cualquier derecho de propiedad intelectual se ajusta a Derecho y, por tanto, la detenciones de los responsables de Megaupload es perfectamente legal.

Hay una clara colisión de derechos y su solución no es sencilla, ya que por un lado, es legal almacenar archivos, y por otro, es ilegal poner a disposición de todo el mundo esos archivos, si contienen contenido protegido por derecho de autor.


Conclusiones

En primer lugar, hay que hablar de la colisión entre derechos fundamentales y derechos de propiedad intelectual. Internet ha acentuado el conflicto, pero en cuanto a supremacia, los fundamentales se hallan por encima de los intelectuales. No se pueden olvidar más de dos siglos de conquistas en este sentido.

En segundo lugar, la colisión entre los ciudadanos y sus gobernantes, por el apoyo masivo de la población a la protección de los derechos fundamentales y el apoyo, lógico en cierta medida, de los gobiernos a los derechos de propiedad intelectual. Hay que recordar, en España la impopularidad de las medidas de los sucesivos gobiernos a las leyes de protección intelectual, sobre todo en lo tocante a Internet, y en Estados Unidos, las protestas en la calle y en la Red por el proyecto de la denominada Ley SOPA.

En tercer lugar, los conflictos jurídicos que se van a abrir a partir de ahora, ya que la tecnología va muy por delante del Derecho. La actuación legal de los gobiernos, no exenta de torpeza, va a enfrentarles a sus ciudadanos, con las acusaciones de represores y liberticidas. Un caso muy significativo fue el caso del pirata informático inglés Richard O'Dwyer, ciudadano inglés del que un tribunal autorizó su extradición a Estados Unidos, autorización que sólo se otorgaba para terroristas o grandes criminales. Finalmente el tema se zanjó con un acuerdo por el que pagó una multa de 20.000 libras.

El cuarto lugar, el control sobre Internet que pretenden los gobiernos e instituciones defensoras de los derechos de propiedad intelectual es imposible. No hay que olvidar que por sus propias características (libertad de acceso, falta de jerarquía, autosuficiencia, flexibilidad, etc.) Internet es imposible de controlar al 100 %. Por algo en principio fue creado para sobrevivir a una guerra nuclear.


Leguleyos

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